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Seguro de Crédito y Caución

El seguro de crédito constituye un sistema integral de gestión del riesgo comercial. La efectividad de su protección se basa en tres garantías:

Prevención.

El servicio de análisis del Crédito, que procesa más de 52 millones de registros empresariales permanentemente actualizados, realiza un seguimiento continuo de la evolución de la solvencia de la cartera de clientes de los asegurados. Sus sistemas, que estudian más de 10.000 ventas a crédito cada día, fijan un límite a la solvencia del cliente que vincula a la Aseguradora.

Indemnización.

Esta garantía supone un apoyo financiero fundamental para la liquidez del asegurado. Pase lo que pase, las empresas reciben en los seis meses posteriores al impago una indemnización por las pérdidas originadas en aquellas operaciones comerciales que tengan aseguradas.

Recobro.

El impago activa también los mecanismos orientados a la recuperación de los créditos impagados.

Las empresas españolas operan en todo el mundo, como la gama de productos de Crédito. Las hay que cubren desde el primer momento la exportación a cualquier mercado, incluso a empresas que aún no hayan realizado una venta fuera del mercado doméstico, y otras se adaptan a las necesidades del exportador profesional. Y todas pueden completarse con más de 500 soluciones a medida, para construir una póliza que cubra las necesidades específicas de cada cliente.

El seguro de caución es una de las fórmulas más eficaces de cubrir las necesidades legales o contractuales de afianzamiento.

Caución es el principal seguro utilizado por las empresas especialmente activas en el sector público para participar en concursos, licitaciones o cumplimiento de contratos. Más de 8.600 empresas utilizan de forma habitual estos seguros para prestar más de 64.700 garantías técnicas anuales ante la Administración.

Este producto libera los recursos financieros de las empresas, favoreciendo su capacidad crediticia, ofreciendo una alternativa a la utilización de los límites con entidades financieras y facilitando su tráfico mercantil.

Contratos Públicos:

La Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Regula la contratación con las Administraciones Públicas (Central, Autonómica o Local). Toda Empresa interesada en contratar con la Administración está obligada a prestar garantía ante la misma. Los contratos con las Administraciones Públicas pueden ser de: Obra/ Suministro /Servicio /Consultoría o Asistencia.

Agencias de Viajes:

Las Agencias de Viajes están obligadas a prestar garantía ante la administración para ejercer su actividad.

De Fidelidad:

Son aquellas exigidas como consecuencia de las relaciones contractuales, laborales, etc. existente entre las partes. Son garantías ligadas a la confianza y moralidad de las personas (físicas o jurídicas) garantizadas.

Esta modalidad de seguro garantiza al asegurado una indemnización por los daños patrimoniales sufridos como consecuencia de la apropiación indebida de fondospor las personas o empresas garantizadas.

Cuadernos ATA:

Documento de Admisión Temporal de mercancías que sustituye a los documentos nacionales de exportación e importación temporal, para que cualquier mercancía (no perecedera) pueda viajar fuera de las fronteras nacionales, facilitando las relaciones comerciales al utilizarse una única documentación entre los países adheridos.

Estos documentos son emitidos por las CÁMARAS DE COMERCIO, las cuales exigen como garantía un Certificado de Seguro de Caución o aval.

Aduanas:

La exigencia de garantías por la Administración de Aduanas viene determinada en el ánimo de garantizar el cobro de la deuda tributaria. A tal efecto, las Aduanas solicitan del obligado principal la constitución de garantía, la cual responderá del importe de la deuda, intereses y recargos.

Empresas de seguridad:

Para autorizar el ejercicio de la actividad a las Empresas de Seguridad, éstas deben constituir una garantía “a disposición de las autoridades españolas para atender las responsabilidades que se deriven del funcionamiento de la empresa por infracciones a la normativa de seguridad privada”. El capital a garantizar varía en función de la actividad y ámbito de actuación

Residuos de construcción:

Las Ordenanzas de las Comunidades Autónomas relativas a la gestión de residuos de construcción y demolición prevén la solicitud de garantía para correcta gestión de los residuos generados en la obra y/o demolición. Dichas garantías deben ser presentadas por la constructora a la hora de solicitar una licencia de obras o en el momento de obtener la misma, ante la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento.

Licencia

Las Ordenanzas Municipales relativas a la tramitación de licencias prevén la solicitud de garantía para “responder de la correcta ejecución de las obras, de la reparación de las afecciones ocasionadas en el transcurso de las mismas y/o la reposición del pavimento”.

Dichas garantías deben ser presentadas por el titular de la licencia. Asimismo la Dirección general de Carreteras de las CC.AA. y la Administración General el Estado, exigen garantía para “responder de daños y perjuicios que se puedan ocasionar a la carretera por el incumplimiento de las condiciones de la autorización”.

F.E.G.A.:

El F.E.G.A. tienen como fin la ordenación e intervención de los productos y mercado agrario en el ámbito de las competencias estatales y de acuerdo con la normativa comunitaria.